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lunes, 21 de septiembre de 2015

¿Todos los jamones ibéricos son iguales?



En el mercado existen diferentes tipos de jamón ibérico en función de la raza del cerdo del que proceden y de su tipo de alimentación. Se ha publicado una normativa oficial para establecer las características de calidad que distinguen cada una de las categorías de jamón. Esta norma de calidad está publicada en el BOE como RD 1469/2007.

En la etiqueta está todo

Antes de comprar, es importante informarse del tipo de producto que se está adquiriendo. Por ello, es necesario consultar la etiqueta, porque allí se especifica la categoría de los diferentes jamones ibéricos.

1. El “nombre” corresponde al tipo de producto. En el caso del jamón ibérico, el producto es “jamón”.

2. El “primer apellido” se refiere a la raza del cerdo, que puede ser:
  • Ibérico puro: los jamones proceden de cerdos cuyos progenitores (padre y madre) son de raza ibérica pura.
  • Ibérico: el jamón se obtiene de cerdos ibéricos, cruzados con otra raza.
3. El “segundo apellido” indica el tipo de alimentación del animal:
  • Bellota: el cerdo ibérico se ha alimentado en su fase de engorde exclusivamente de bellotas y pastos de las dehesas.
  • Recebo: su alimentación ha consistido en bellotas y pastos de las dehesas complementados con piensos al final del engorde.
  • Cebo de campo: el cerdo ibérico se ha alimentado en su fase de engorde a base de piensos en terrenos al aire libre.
  • Cebo: el cerdo ibérico se ha alimentado a base de pienso en recintos cerrados.

Garantía de calidad

En la etiqueta también se encuentra el texto "Certificado por", donde se indica el distintivo del organismo de control que garantiza la calidad del producto, tras haber realizado un seguimiento desde el nacimiento del cerdo del que procede el jamón ibérico, hasta que este se pone a la venta.

miércoles, 17 de julio de 2013

Cocinando sin gluten: Seguridad en la cocina


  • Disponga de un espacio para almacenar exclusivamente los alimentos especiales sin gluten.
  • Es conveniente que las etiquetas de los productos especiales sin gluten estén siempre visibles. Una vez abierto el envase no quite la etiqueta ni vacíe su contenido en botes de cocina. Puede dar lugar a confusiones.
  • Tenga siempre a mano la Lista de Alimentos aptos para celíacos. Asimismo, elabórese una lista de alimentos en la que se indique: alimentos sin gluten, alimentos con gluten y alimentos que pueden contener gluten. Puede colocar esta lista en un lugar visible para tenerla siempre presente, por ejemplo, en la puerta del frigorífico.
  • Evite freír alimentos sin gluten (patatas fritas) en aceites que previamente se han utilizado para freír alimentos con gluten (croquetas…).
  • Utilice siempre utensilios de cocina limpios. No use la misma cuchara para elaborar un plato que contiene gluten y otro que no lo tiene.
  • No utilice cubitos de caldo, sustitúyalo por caldos naturales. Puede hacerlos una vez por semana y congelarlos en raciones individuales para utilizarlos posteriormente.
  • Los purés, mejor si son naturales; no añada picatostes. Si lo desea, puede hacerlo individualmente en la mesa.
  • En salsas y rebozados utilice siempre harinas de maíz o arroz especiales para celíacos con la marca de garantía “Controlado por FACE”, así toda la familia podrá comer el mismo plato.
  • Las verduras se pueden rehogar con ajo, cebolla y jamón serrano.
  • Si utiliza colorantes y tomate frito para el arroz, asegúrese de que no llevan gluten.


jueves, 7 de julio de 2011

Entra en vigor la Ley de Seguridad Alimentaria

Los mensajes publicitarios no podrán ya contar con la aparición de profesionales sanitarios y pacientes, reales o ficticios, para sugerir los beneficios de los alimentos, según especifica la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición -aprobada por unanimidad el pasado 16 de junio en el Congreso-, que entra en vigor este jueves y que tiene como objetivo impulsar hábitos alimenticios saludables entre la población y complementar el sistema español de coordinación en materia de seguridad alimentaria.

No obstante, sí permite la utilización de avales de asociaciones, corporaciones, fundaciones o instituciones, relacionadas con la salud y la nutrición en la publicidad o promoción directa o indirecta de alimentos, cuando se trate de organizaciones sin ánimo de lucro y se comprometan, por escrito, a utilizar los recursos económicos en actividades que favorezcan la salud.

El Observatorio de la Nutrición y de Estudio de la Obesidad, que debe crear el Gobierno a raíz de la publicación de esta ley, será el encargado de recopilar y analizar datos e información, sobre la publicidad de alimentos, emitida por los distintos medios y sistemas de comunicación, con especial atención a la publicidad dirigida a los menores de edad.

Asimismo, las escuelas infantiles y los centros escolares serán espacios protegidos de la publicidad, y sólo se llevarán a cabo campañas de promoción alimentaria, educación nutricional o promoción del deporte o actividad física previamente autorizados por las autoridades educativas competentes, de acuerdo con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias.

Para ver la ley completa pulse aquí

Fuente: institutotomaspascual.es

lunes, 29 de noviembre de 2010

Cómo garantizar la seguridad de los alimentos que preparemos



Para prevenir toxiinfecciones alimentarias es importante respetar unas normas de higiene durante la preparación y la conservación de las comidas, que ayudan a garantizar que los alimentos sean seguros.

Las toxiinfecciones son enfermedades que se manifiestan sobretodo con síntomas digestivos, como los vómitos y las diarreas, y que se producen cuando una persona consume un alimento contaminado por bacterias, como la salmonela.

Este vídeo os ayudará a conocer las cuatro normas de higiene para prevenir las toxiinfecciones alimentarias.


Fuente: Agencia Catalana de Seguridad Alimentaria